Abr 17, 2026 Noticias Politica
El Gobierno presentó de manera sorpresiva un recurso extraordinario de per saltum ante la Corte Suprema, solicitando que se levante la suspensión de más de 80 artículos clave de la reforma laboral, medida dispuesta por un juez tras un reclamo de la CGT.
Este mecanismo jurídico permite omitir las etapas procesales intermedias y elevar el caso directamente al máximo tribunal en busca de una decisión urgente.
La Secretaría de Trabajo, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, encabezó la presentación del Ejecutivo para revertir la sentencia del juez laboral Raúl Ojeda, quien dictó una medida cautelar que suspendió 82 artículos de la ley aprobada por el Congreso.
Según informaron desde el cuerpo de abogados del Estado, liderado por Sebastián Amerio, el recurso fue presentado ante la Corte Suprema este miércoles. Sin embargo, aclararon que la institución bajo la conducción del ministro Horacio Rosatti no tiene un plazo determinado para responder el planteo.
El escrito, firmado por Amerio y el subprocurador Santiago Castro Videla, sostiene que «el recurso extraordinario federal por salto de instancia comparte características con el recurso de apelación, con las diferencias que lo distinguen. En ambos casos rige la regla general del artículo 243 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, según la cual el recurso de apelación procederá siempre con efecto suspensivo, a menos que la ley disponga lo contrario».
En ese sentido, la presentación agrega que «no puede sostenerse que la sentencia cautelar apelada esté firme o consentida. El máximo tribunal ha establecido que la mera presentación del recurso extraordinario federal —hasta que se resuelva su concesión o rechazo— suspende los efectos respecto de la sentencia recurrida, especialmente considerando la cuestión federal y la gravedad institucional invocada».
Por ello, el Gobierno solicita a la Corte que «declare expresamente los efectos suspensivos del presente recurso extraordinario por salto de instancia y, en esa misma resolución, disponga la plena vigencia de la Ley N° 27.802 (la reforma laboral)».
Además, los abogados del Estado argumentan que este recurso representa «el único remedio eficaz para proteger el derecho federal invocado y evitar un perjuicio de imposible reparación, dado que se agotaron todos los medios procesales disponibles sin obtener pronunciamiento. Cada día que se mantiene la cautelar impone un daño irreparable a nivel nacional».
El documento también cuestiona el amparo concedido por el juez Ojeda a favor de la CGT, que paralizó más de 80 artículos de la denominada «modernización laboral» impulsada por el Ejecutivo. Según señalaron, “la medida cautelar fue dictada por un tribunal incompetente al estar dirigida contra el Estado Nacional, que posee la prerrogativa de litigar ante la jurisdicción federal”.
Finalmente, los abogados sostienen que el per saltum se justifica por «la necesidad de una resolución pronta y expedita para restaurar inmediatamente la plena vigencia de la Ley N° 27.802, a fin de salvaguardar y restablecer la seguridad jurídica afectada por un juez nacional que se arrogó facultades que no posee al suspender una ley con efectos generales».
En su resolución del 30 de marzo, al hacer lugar al reclamo de la CGT, el juez Ojeda argumentó que “el peligro en la demora está claramente configurado, ya que la ejecución final de una posible sentencia podría volverse ineficaz o imposible de cumplir, generando daños irreparables”.
Asimismo, indicó que «es de modo inmediato que debe producirse la suspensión de los efectos de las normas cuestionadas para evitar un consumo de derecho que afecte gravemente a las personas e instituciones involucradas”.
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