Nov 18, 2025 Noticias Policiales
El Tribunal Oral Federal de Corrientes condenó al propietario de una concesionaria de autos de la provincia de Buenos Aires por lavar dinero proveniente del narcotráfico. Pese a la gravedad del delito, Carlos Rodolfo Maronna (45) no irá a la cárcel porque la pena que le impusieron es de sólo tres años y de ejecución condicional.

El fallo causó sorpresa, ya que tanto la Fiscalía como la Unidad de Información Financiera (UIF) habían solicitado una pena de 10 años para el empresario pilarense, que entre 2011 y 2014 blanqueó una millonaria suma de una organización dedicada al narcotráfico.
Según la acusación, el Maronna intervino en 13 operaciones comerciales vinculadas a la compraventa de vehículos con valores que incluso estaban por debajo del valor fiscal, evitando así las regulaciones que lo obligaban a informar las operaciones a la UIF. El beneficiario de esos vehículos era principalmente Roberto Eduardo Rodríguez.
Para la Fiscalía, Maronna formó parte de la organización criminal liderada por Rodríguez -quien usaba el alias de su ex cuñado, Ricardo Gabriel Sosa- e integrada por José Rafael Glibota, Santa Elva Aquino, Daniela Rocío Villalba, Rosa Gladys Ramos, María de los Ángeles Herrera y Griselda Romina Sosa, quienes ya fueron condenados.
La querella de la UIF sostuvo que las maniobras desplegadas por Maronna le permitieron a la banda “darle apariencia lícita a los bienes provenientes del narcotráfico, posibilitando así la reutilización de su producido”.
“Se advierte de manera clara la realización de las acciones típicas requeridas, como ser la transferencia (entrega de un bien a un tercero), la administración (manejo o gestión de un bien), la venta (operación de cesión o transferencia a título oneroso) y la disimulación (cualquier ocultación del empleo de la cosa para obtener el objetivo), las que fueron ejecutadas por Maronna a través de múltiples operaciones, muchas de ellas a través de la firma Maronna Automovile S.A.”, agregó.
El fiscal Carlos Schaefer sostuvo que el caso debía encuadrarse en el delito de lavado de activos de origen delictivo, agravado por haberse cometido con habitualidad y en banda. E indicó que el empresario puso a disposición de la banda su estructura comercial para insertar en el circuito comercial el dinero ilícito.
Schaefer pidió 10 años de cárcel para el empresario, una multa de cinco veces el monto de las operaciones vinculadas a la banda narco y el decomiso de todos los bienes ya secuestrados.
Además, que se cancele la personería jurídica de Maronna Automovile “por constituir su actividad una pieza fundamental en la comisión del delito de lavado de activos investigado” y que se le fije a al firma una multa de cinco veces el monto de las operaciones, “cuyo importe preciso se determinará en el incidente de ejecución respectivo, una vez tasados todos los bienes involucrados”.
La versión de Carlos Rodolfo Maronna
Al inicio del juicio, en septiembre pasado, Maronna sostuvo que nunca fue narcotraficante ni formó parte de la organización que lideraba Rodríguez, el propietario de la concesionaria RR VIP de Posadas, donde se blanqueaba parte del dinero proveniente del contrabando y el tráfico de marihuana desde Paraguay.
A los gritos y llorando, buscó mostrarse como un perseguido y víctima de los medios de comunicación.
En la etapa previa, sus abogados habían intentado suspender el debate al considerar que su cliente no estaba en condiciones psíquicas de afrontarlo, pero los informes médicos presentados fueron insuficientes.
Según la acusación de la Unidad de Información Financiera (UIF) y el fiscal federal Carlos Schaefer, a través de la firma Maronna Automovile, el imputado colaboró para poner en circulación el dinero ilícito producido por la banda narco.
Para ello se realizaban operaciones de compra y venta de vehículos que luego Rodríguez comercializaba a través de su firma. Para no exponer a los integrantes de la organización, Maronna extendía a nombre de Rodríguez autorizaciones para manejar los vehículos sin que los registrara a su nombre.
Entre 2011 y 2014, Maronna le vendió a Rodríguez y a sus allegados un total de 13 vehículos. Uno de ellos, una Audi Q5 que en septiembre de 2013 fue secuestrada en Mendoza con 1.200 kilos de marihuana.
Además, comercializó una Toyota Hilux SRV, un Corolla XEI, un lujoso BMW X6, un BMW 325i, una moto Honda CBR 600, una Hilux 4×4, otra Hilux pero 4×2, una Renault Duster Dynamique, una Hilux SW4 4×4, una Ford Ranger XLT 4×4, otro Audi Q5 y una Dodge RAM 1500.
En el mismo período y con dinero que habría obtenido por no reportar esas operaciones sospechosas, Maronna registró a su nombre un Mini Cooper que luego le cedió a Rodríguez. También, una poderosa moto BMW S1000RR, una coupé Hyundai Génesis y otro Mini Cooper.
De acuerdo con la imputación, todas estas maniobras les permitieron a los integrantes de la organización darle apariencia lícita a los bienes provenientes del narcotráfico, posibilitando así la reutilización de su producido.
La banda fue desbaratada por Gendarmería Nacional en octubre de 2014 y todos sus integrantes fueron condenados por la Justicia Federal de Corrientes, excepto Maronna, quien logró un sobreseimiento por parte del juez federal Carlos Vicente Soto Dávila y el secretario penal Carlos Pablo Molina, quienes años después fueron sentenciados por integrar una asociación ilícita que beneficiaba a narcos.
El ex juez federal Carlos Soto Dávila (derecha) y su secretario Pablo Molina (centro).
Maronna estaba obligado a solicitar a sus clientes que justificaran el origen del dinero utilizado para adquirir los vehículos. Y en los casos donde superara un determinado monto o tuviera sospecha de que podrían tener un origen ilícito, realizar un ROS (Reporte de Operación Sospechosa) a la UIF.
Rodríguez siempre hacía las operaciones con dinero en efectivo y le reveló a Maronna que también tenía en Misiones un complejo turístico, una maderera y un corralón de materiales de construcción.
El Tribunal Oral Federal de Corrientes se apartó del requerimiento fiscal y de la UIF, al condenar a Maronna al mínimo de la pena establecida para el delito de lavado de activos, sin tener en cuenta los agravantes.
Los jueces sí dispusieron el pago de las multas correspondientes, pero no hicieron lugar al cierre de la empresa Maronna Automovile.
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